Ir al contenido principal

Briseg.cl

Declaración jurada simple

Información necesaria para completar el formulario
01
Declaración jurada simple, indicando día, hora, lugar, comuna, ciudad, daños y relato de lo ocurrido.
02
Adjuntar padrón del vehículo.
03
Licencia del conductor.
04
Fotografía del daño en la que se muestre claramente la patente del vehículo.
IMPORTANTE: La declaración del siniestro debe realizarse dentro de 10 días desde ocurrido el siniestro.
Si existe un tercero afectado o culpable

Indique, si dispone de ellos, patente, teléfono celular y correo electrónico del tercero involucrado, además de cualquier antecedente relevante para la gestión del siniestro.

DECLARO BAJO JURAMENTO:

Declaro expresamente conocer y aceptar que cualquier reticencia o declaración falsa de mi parte facultará a la Compañía para rechazar el pago de la indemnización reclamada. Además, declaro estar en conocimiento que la entrega de información falsa, tendiente a obtener maliciosamente el pago de la indemnización, ya sea por simular la existencia del siniestro, por haberlo provocado intencionalmente, o por denunciar el siniestro en circunstancias distintas a las verdaderas, ocultando la materia asegurada o aumentando fraudulentamente las pérdidas sufridas, facultan a la Compañía para ejercer las acciones penales que correspondan por el delito de fraude al seguro.
Art. 168 de la Ley del Tránsito: En todo accidente del tránsito en que se produzcan daños el o los participantes estarán obligados a dar cuenta de inmediato a la autoridad policial más próxima. Se presumirá la culpabilidad del o de los que no lo hicieren y abandonaren el lugar del accidente. Asimismo, se presumirá la responsabilidad del conductor que no cumpla lo establecido en el artículo 176 y abandonare el lugar del accidente.

Adjuntar *estos documentos son obligatorios 

Haz clic o arrastra un archivo a esta área para subirlo.
(Archivos soportados: JPG | JPEG | PDF | PESO MAXIMO 2MB)
Haz clic o arrastra un archivo a esta área para subirlo.
(Archivos soportados: JPG | JPEG | PDF | PESO MAXIMO 2MB)
Haz clic o arrastra un archivo a esta área para subirlo.
(Archivos soportados: JPG | JPEG | PDF | PESO MAXIMO 2MB)
Haz clic o arrastra un archivo a esta área para subirlo.
(Archivos soportados: JPG | JPEG | PDF | PESO MAXIMO 2MB)
Haz clic o arrastra un archivo a esta área para subirlo.
(Archivos soportados: JPG | JPEG | PDF | PESO MAXIMO 2MB)
Haz clic o arrastra un archivo a esta área para subirlo.
(Archivos soportados: JPG | JPEG | PDF | PESO MAXIMO 2MB)

DECLARACIÓN JURADA SIMPLE DE RECONOCIMIENTO DE RESPONSABILIDAD

Art. 168 de la Ley del Tránsito: En todo accidente del tránsito en que se produzcan daños el o los participantes estarán obligados a dar cuenta de inmediato a la autoridad policial más próxima. Se presumirá la culpabilidad del o de los que no lo hicieren y abandonaren el lugar del accidente. Asimismo, se presumirá la responsabilidad del conductor que no cumpla lo establecido en el artículo 176 y abandonare el lugar del accidente.